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El Gobierno aprueba ayudas y medidas de protección para las víctimas del accidente de Urda

El Gobierno aprueba ayudas y medidas de protección para las víctimas del accidente de Urda

miércoles 4 de noviembre de 2026, 13:18h

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El Gobierno ha aprobado ayudas para las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo): familiares de una persona fallecida podrán recibir hasta 144.242,92 euros entre la ayuda directa y el anticipo de indemnización por responsabilidad civil, más las cantidades del Seguro Obligatorio de Viajeros, hasta un total de 216.364,38 euros. Las medidas incluyen protección especial de Seguridad Social, oficinas de atención integral y limitaciones de precios en servicios afectados por la interrupción de la línea Madrid-Andalucía. Las ayudas podrán solicitarse durante los tres meses posteriores a la publicación de la resolución que establezca el procedimiento.

El Gobierno ha aprobado ayudas y medidas para las personas afectadas por el accidente ferroviario de Urda, en Toledo. El paquete incluye ayudas para las víctimas y sus familiares, medidas de Seguridad Social y otras actuaciones.

Ayudas para las víctimas y sus familiares

Se han aprobado dos ayudas específicas: una de carácter no reembolsable y otra, por el mismo importe, como anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil que correspondan.

Por el fallecimiento de una persona, sus familiares podrán recibir del Estado hasta 144.242,92 euros: 72.121,46 euros como ayuda no reembolsable y otros 72.121,46 euros como anticipo de indemnizaciones. A esa cantidad se añadirán las sumas que perciban del Seguro Obligatorio de Viajeros, regulado por normativa estatal y cuya solicitud debe dirigirse a las aseguradoras de cada compañía ferroviaria. En caso de fallecimiento, el total podrá alcanzar los 216.364,38 euros.

La ayuda no reembolsable por fallecimiento es de 72.121,46 euros por persona fallecida. Si hay varios beneficiarios como víctimas indirectas, se repartirá conforme al orden de prelación establecido. Para las lesiones corporales, la cuantía oscila entre 2.404,04 y 84.141,70 euros, según su gravedad.

Cuantías y solicitud de las ayudas

Las ayudas directas no deben devolverse al Estado, están exentas del IRPF y son compatibles con otras subvenciones, ayudas e indemnizaciones. Los anticipos de responsabilidad civil tienen las mismas cuantías: 72.121,46 euros por fallecimiento, repartidos entre varios beneficiarios indirectos según el orden de prelación, y entre 2.404,04 y 84.141,70 euros por lesiones, en función de su magnitud.

Si la indemnización que se determine finalmente es inferior al anticipo, las personas beneficiarias no tendrán que devolver la diferencia. Si es superior, recibirán la cantidad que exceda del anticipo concedido.

Las ayudas podrán solicitarse durante los tres meses posteriores a la publicación de la resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que establezca el procedimiento. Si existen razones justificadas, el plazo podrá ampliarse de oficio o a petición de las personas interesadas.

Tramitación y atención a las personas afectadas

Las ayudas directas y los anticipos podrán solicitarse conjuntamente mediante un único procedimiento, concebido para reducir al mínimo la documentación requerida. La solicitud podrá presentarse en línea en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o presencialmente en las oficinas de atención integral habilitadas en las Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares de las comunidades autónomas donde residan personas afectadas. También podrá tramitarse en los registros oficiales previstos en la Ley 39/2015.

En esas oficinas, las víctimas y sus familiares recibirán atención personalizada y asistencia para realizar los trámites, solicitar las ayudas y presentar la documentación necesaria. El Gobierno las ha creado para ayudar a las personas afectadas a gestionar las ayudas y los anticipos.

Quienes no puedan desplazarse a una oficina podrán recibir atención en su domicilio, en cualquier lugar del territorio nacional, por parte del personal de las Subdelegaciones del Gobierno, a través del servicio La Administración cerca de ti del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

Medidas de Seguridad Social

Las bajas laborales por incapacidad temporal derivadas del accidente tendrán excepcionalmente la consideración de accidente de trabajo a efectos de la prestación económica. Esto permitirá cobrar desde el primer día de baja, en lugar del cuarto, y percibir el 75% de la base reguladora, frente al 60% correspondiente a una baja por contingencias comunes.

Las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, así como la prestación económica por incapacidad permanente parcial derivadas del accidente, se considerarán prestaciones derivadas de accidente de trabajo para calcular su cuantía, siempre que resulte más favorable para las personas beneficiarias.

Quienes estén incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado y, como consecuencia del accidente, tengan derecho a una pensión de jubilación por incapacidad permanente, viudedad, orfandad o a favor de sus padres podrán acceder a una pensión de mayor cuantía. Se aplicará el régimen de pensiones extraordinarias cuando sea más beneficioso para la persona beneficiaria.

Atención y protección laboral

La protección de Seguridad Social se aplicará de oficio, sin necesidad de presentar una solicitud, y tendrá efectos retroactivos, incluso si la baja o la pensión ya se hubiera extinguido o reconocido.

Las personas afectadas recibirán atención prioritaria para gestionar sus prestaciones de Seguridad Social a través del teléfono 900 10 35 35 y del correo electrónico [email protected]. También podrán utilizar los canales ordinarios: los teléfonos 91 542 11 76 y 901 166 565, y la sede electrónica de prestaciones de la Seguridad Social.

Las empresas no podrán sancionar ni causar perjuicio laboral a las personas trabajadoras afectadas que, a raíz del accidente de Urda, no hayan podido acudir presencialmente al trabajo o hayan empezado su jornada con retraso. Además, estas personas tendrán derecho a recibir de las compañías ferroviarias justificantes de las incidencias que alteraron la prestación del servicio.

Servicios afectados por la interrupción ferroviaria

El real decreto-ley que aprueba las ayudas también establece un mecanismo de limitación de precios para los servicios afectados por la interrupción de la línea ferroviaria Madrid-Andalucía, con el objetivo de evitar subidas abusivas que perjudiquen a las personas consumidoras.

La noticia en cifras

ConceptoCifraDetalle
Ayuda no reembolsable por fallecimiento72.121,46 eurosPor persona fallecida; si hay varios beneficiarios indirectos, se distribuye según el orden de prelación establecido.
Anticipo de indemnización por responsabilidad civil por fallecimiento72.121,46 eurosPor persona fallecida; si hay varios beneficiarios indirectos, se distribuye según el orden de prelación establecido.
Ayudas estatales por fallecimientoHasta 144.242,92 eurosEjemplo para los familiares de una persona fallecida: suma de la ayuda no reembolsable y el anticipo.
Importe posible con el Seguro Obligatorio de ViajerosHasta 216.364,38 eurosEn caso de fallecimiento, la cifra incluye las cantidades que se perciban del Seguro Obligatorio de Viajeros, cuya solicitud se dirige a las aseguradoras ferroviarias.
Ayuda y anticipo por lesiones corporalesEntre 2.404,04 y 84.141,70 euros cada unoLa cuantía depende de la magnitud de las lesiones.
Plazo para solicitar las ayudas3 mesesDesde la publicación de la resolución que establezca el procedimiento; el plazo puede ampliarse si hay razones justificadas.
Prestación por incapacidad temporal75% de la base reguladoraLa noticia indica que se percibirá desde el primer día de baja, en lugar del cuarto, y compara esta cuantía con el 60% correspondiente a una baja por contingencias comunes.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ayudas económicas se han aprobado para las víctimas y sus familiares?

Se han aprobado una ayuda no reembolsable y un anticipo de indemnizaciones por responsabilidad civil, por importes iguales. En caso de fallecimiento, cada ayuda asciende a 72.121,46 euros; por lesiones, cada una oscila entre 2.404,04 y 84.141,70 euros, según la magnitud de las lesiones.

¿Cuánto podrían recibir los familiares de una persona fallecida?

Podrían recibir del Estado hasta 144.242,92 euros entre la ayuda no reembolsable y el anticipo. A esa cantidad se sumaría lo que perciban del Seguro Obligatorio de Viajeros; con este, el total podría alcanzar hasta 216.364,38 euros. La solicitud de este seguro debe dirigirse a las aseguradoras de cada compañía ferroviaria.

¿Hay que devolver el anticipo si la indemnización definitiva es menor?

No. Si la indemnización que finalmente se determine es inferior al anticipo concedido, las personas beneficiarias no tendrán que devolver la diferencia. Si es superior, percibirán la cantidad que exceda del anticipo.

¿Cuándo y cómo se pueden solicitar las ayudas?

El plazo será de tres meses desde la publicación de la resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que establezca el procedimiento; podrá ampliarse si existen razones justificadas. Las ayudas y los anticipos podrán solicitarse conjuntamente, en un único procedimiento, por la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o presencialmente en las oficinas habilitadas y otros registros oficiales previstos en la Ley 39/2015.

¿Qué protección de Seguridad Social se prevé para las personas afectadas?

Las bajas por incapacidad temporal derivadas del accidente tendrán, con carácter excepcional, la consideración de accidente de trabajo a efectos de la prestación económica: esta podrá percibirse desde el primer día de baja y será del 75 % de la base reguladora, en lugar del 60 % correspondiente a contingencias comunes. Otras prestaciones y pensiones derivadas del accidente se calcularán como las de accidente de trabajo cuando resulte más favorable. La protección se aplicará de oficio y tendrá efectos retroactivos.

¿Cómo pueden recibir ayuda para tramitar las solicitudes?

Se han creado Oficinas de Atención Integral en Delegaciones, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares de las comunidades autónomas donde residan personas afectadas. Quienes no puedan desplazarse podrán recibir atención en su domicilio, en cualquier lugar del territorio nacional.

¿Qué medidas se contemplan para las personas trabajadoras afectadas?

No podrán ser sancionadas ni sufrir perjuicio laboral por no acudir presencialmente o no iniciar puntualmente su jornada debido al accidente. También tendrán derecho a recibir de las compañías ferroviarias justificantes de las incidencias que alteraron el servicio.

¿Se limitarán los precios de los servicios afectados por la interrupción ferroviaria?

El Real Decreto-ley regula un mecanismo de limitación de precios aplicable a los servicios afectados por la interrupción de la línea ferroviaria Madrid-Andalucía, con el objetivo de evitar subidas abusivas.

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