A partir del 1 de octubre, entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación, aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. Esta reforma tiene como objetivo principal aumentar la seguridad de los usuarios vulnerables en las vías, adaptando la normativa a los cambios que ha experimentado la movilidad en las últimas dos décadas. En este tiempo, el enfoque ha pasado de centrarse en la carretera y el vehículo a priorizar a las personas y sus formas de desplazamiento.
Por primera vez, el reglamento incluye una definición formal de "usuario vulnerable de la vía", que abarca tanto el medio de transporte como las características físicas y la edad de aquellos que corren mayor riesgo de sufrir lesiones graves en un accidente. Este grupo incluye a peatones, con especial atención a menores y personas mayores o con discapacidad, así como ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Nuevas normas para una movilidad segura
Otro aspecto clave de esta reforma es promover una movilidad segura y sostenible en entornos urbanos. Esto se refleja en la inclusión del título VI en el reglamento, destinado a regular normas específicas para zonas urbanas.
Los cambios buscan facilitar la convivencia entre diferentes modos de transporte y reconocer que todos podemos ser vulnerables en algún momento, ya sea por el medio que utilizamos o por nuestras circunstancias personales. Además, esta reforma está alineada con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, especialmente en áreas como salud, bienestar y sostenibilidad urbana.
Principales novedades
Vehículos de movilidad personal (VMP)
- Edad mínima para conducir: 15 años.
- Uso obligatorio del casco.
- Chaleco reflectante necesario durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.
- Alumbrado permanente requerido desde el 1 de octubre de 2027.
- Circulación permitida fuera de núcleos urbanos por vías segregadas del tráfico motorizado, salvo prohibición señalizada.
Bicicletas
En vías interurbanas:
- Casco obligatorio para todos los ciclistas; se eliminan exenciones anteriores.
- Al adelantar a ciclistas:
- Reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite permitido.
- Mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
- Cambiar completamente de carril si hay más de un carril por sentido.
En vías urbanas:
- Circular preferentemente por el centro del carril.
- Mantener una distancia mínima de seguridad de 5 metros entre vehículos motorizados y ciclistas que circulen delante por el mismo carril.
- Posibilidad de circular en ambos sentidos en calles unidireccionales con límite máximo de velocidad a 30 km/h.
Motocicletas y ciclomotores
- Uso obligatorio de guantes protectores en vías interurbanas.
- Calzado cerrado requerido en cualquier tipo de vía.
- Casco homologado necesario para usuarios de ciclomotores a partir del 1 de octubre de 2027.
- Para motoristas, se permite circular por el arcén derecho en situaciones congestionadas sin exceder los 30 km/h previa señalización del tramo.
Usos profesionales (riders)
- El uso del casco y chaleco reflectante será obligatorio al utilizar bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas para actividades profesionales.
Peatones
- No podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde no intermitente para peatones en pasos peatonales con semáforo.
- Tendrán prioridad los peatones en calles con plataforma única.
- Caminos escolares seguros: se establece entidad jurídica para vías acondicionadas para acceso seguro a centros educativos a pie o mediante transporte público o medios no motorizados.
Circunstancias especiales: nieve y carriles emergencia
- Prohibido adelantar en autopistas y autovías cuando haya nieve; debe mantenerse libre el carril izquierdo para vehículos prioritarios y quitanieves.
- Dentro del contexto de retenciones, los vehículos deben orillarse para dejar espacio libre a un carril emergente que permita pasar servicios prioritarios.
En vías con dos carriles: los vehículos deben orillarse dejando espacio central libre.
En vías con tres carriles: orillarse hacia la izquierda en el carril izquierdo; los otros dos deben orillarse hacia la derecha (dejando espacio entre el izquierdo y central).
- Aquellos vehículos que sobrepasen otros inmovilizados debido a accidentes o averías deben mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido.
Cambios adicionales importantes
- A partir ahora, el uso del cinturón será obligatorio sin excepciones para conductores de taxis, vehículos comerciales y autos escolares. Se exceptúa solo a pasajeros en ambulancias asistenciales durante servicios urgentes ocupando el habitáculo del paciente.
- No se permitirá extender elementos que sobresalgan del perímetro en autocaravanas; estas deberán descansar sobre los neumáticos sin verter fluidos desde su interior.
Con el fin de informar sobre estos cambios normativos, desde la aprobación del Real Decreto, la DGT ha estado emitiendo cuñas radiales e información variada a través de redes sociales. En las próximas semanas se incrementará esta comunicación mediante menciones adicionales tanto en emisoras radiales como plataformas digitales. También se ha creado una página específica dentro del sitio web oficial DGT, donde se recogen todos estos cambios relevantes.
La noticia en cifras
| Cifra |
Descripción |
| 15 años |
Edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal (VMP). |
| 1,5 metros |
Separación lateral mínima al adelantar a ciclistas. |
| 20 km/h |
Reducción de velocidad al adelantar a ciclistas respecto al límite de la vía. |
| 30 km/h |
Velocidad máxima permitida para motocicletas al circular por el arcén derecho en congestión. |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué se entiende por usuarios vulnerables según la nueva reforma del Reglamento de Circulación?
Los usuarios vulnerables incluyen a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones en un siniestro de tráfico.
¿Cuáles son las principales novedades para los vehículos de movilidad personal (VMP)?
Se establece una edad mínima para conducir de 15 años, el uso obligatorio de casco y chaleco reflectante en condiciones de escasa visibilidad, y el alumbrado permanente a partir del 1 de octubre de 2027.
¿Qué cambios se aplican a los ciclistas en vías interurbanas?
El casco será obligatorio para todos los ciclistas y se eliminan las exenciones. Además, se establecen normas específicas para el adelantamiento a ciclistas, como reducir la velocidad y mantener una separación lateral mínima.
¿Qué requisitos deben cumplir los motoristas según la nueva normativa?
Los motoristas deberán usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. También se establece que el casco debe ser homologado a partir del 1 de octubre de 2027.
¿Cómo afecta la reforma a los peatones?
Se prohíbe que coincidan las luces ámbar intermitentes para vehículos con la luz verde para peatones en pasos con semáforo. Además, se prioriza a los peatones en calles con plataforma única.
¿Qué modificaciones se han hecho respecto al uso del cinturón de seguridad?
El uso del cinturón será obligatorio en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y enseñanza de la conducción, eliminando exenciones previas.