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El estado del estado (56): Sobre lo público y lo privado
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El estado del estado (56): Sobre lo público y lo privado

Por Carlos González
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bergidahotmailes/7/7/15
lunes 26 de octubre de 2020, 15:08h

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Yony, si pudiera, estaría todos los días intentando aclararnos conceptos. Se ríe de sí mismo en multitud de ocasiones y se dice que “Debería ser profesor y no embajador”, porque no para de intentar explicar temas que para él están muy claros, y comprueba como nuestra sociedad vive en la confusión permanente sobre los mismos. A veces puede experimentar la sensación que cualquiera de nosotros sentiría si nos transportaran al imperio Romano en intentásemos explicar la electricidad. Uno de esos conceptos es el de: “Lo público” y “Lo privado”.

Se tiende a creer, quizá inconscientemente, que la “Propiedad privada” pertenece a la esfera de una absoluta contraposición a lo “Público”, o a la “Propiedad pública”. Es posible que el derecho Romano, por su profundidad y claridad al regular los “Derechos Reales”, siempre ligados a la llamada propiedad privada, haya contribuido a crear en nosotros esa concepción de lo público y lo privado como si fueran dos esferas en constante antagonismo. Dos mundos totalmente diferentes.

También quizá producto de esa visión inconsciente ya alrededor de 1.920 un gran jurista español desarrolló la tesis de ”Los límites de la propiedad privada”, como queriendo dejar claro que esta no podía verse como absoluta. Y la propia Constitución española regula –como queriendo ahondar en la tesis de poner límites- que la propiedad privada ha de cumplir un papel social. Como queriendo quitarse algo de culpabilidad de que la propiedad privada sea algo exclusivo y excluyente con derechos solo para su poseedor y fuera del juego del conjunto de la sociedad.

Yony se desgañita y nos dice: “No existe como tal la llamada “Propiedad privada”, fuera de lo público. “Solo existe el poder público”. ¿Cómo? Diremos nosotros, vaya tesis más absurda. ¿Entonces la propiedad privada que es?

Y Yony lo tiene muy claro: La propiedad privada no es más que una concesión administrativa que otorga, regula y garantiza, “El poder Público”.

¿Qué porqué esto es así con esa rotundidad? Pues muy sencillo, porque quien defiende esa esfera de ejercicio privado de una serie de derechos para el llamado propietario es el poder público. Si no existe un poder del estado que garantice ese ejercicio de lo privado, este último no existiría. ¿A quién acudimos cuando nos vemos perturbados? Al juez de turno. ¿Quién protege con la fuerza nuestra propiedad? La policía con sus armas, y en su caso el ejército. ¿Quién determina cual es nuestra propiedad? El registro público correspondiente. Sin la acreditación de este nadie sería propietario de nada.

Ahora comprendemos que, en cuanto al derecho de propiedad, dicha “Concesión administrativa” lo es a perpetuidad. Luego hay una legislación que regula quien lo hereda. También a quién y en qué condiciones podemos vender esa concesión. Hipotecarla y obtener crédito, alquilarla, etc. Pero todo esto no existiría sin un poder público que lo regule y garantice.

¿El día que se necesita para un uso público que se hace? Pues se expropia, lo cual demuestra que sigue estando al servicio público. Si hay legislación seria se expropia y se paga, si no se quita y punto. Piénsese en todas las revoluciones o invasiones. ¿Quién garantiza el uso de esa ley con justicia? Pues el juez , y aplicada su sentencia por la fuerza de la policía. Todo nos demuestra que la “Propiedad privada” no es más que un ejercicio de ciertos derechos, regulados y garantizados por las leyes –públicas-, y todo ello sometido al poder de los jueces, policías o ejército de turno, es decir, todo ello siempre, siempre, siempre, “Concedido por una legislación pública, garantizada por el Poder Público”.

Yony ya está un poco cansado de insistir en este tema que para él y los suyos está tan claro. Ya es hora de que nos demos cuenta que lo que hace la legislación es determinar en cada momento de la historia y en función a las circunstancias generales quién es el “Propietario de esto o de lo otro”. Se entendería mejor que dijera quién es el “Titular de esta concesión administrativa o de la otra, si por ciertos años –como las tumbas- o a perpetuidad como un terreno o una casa” Lo único que debemos modificar y ajustar a los tiempos es la legislación general, pero ha de quedar absolutamente claro que lo único que ha existido siempre, existe y existirá es el “Poder Público” que garantiza el uso de estos derechos o de los otros.

Es el poder del estado con su fuerza el único que puede garantizar quién puede usar esto o lo otro, y en qué términos.

Lo demás, lo demás dice Yony, leyendo a Cela… es música de flauta.

Sobre el autor

Carlos González-Teijón es escritor, sus libros publicados son Luz de Vela, El club del conocimiento, La Guerra de los Dioses, El Sistema, y de reciente aparición Psicología de virtudes y pecados, de editorial, Letras de autor.

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