A partir del 1 de octubre, entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación en España, con el objetivo de aumentar la seguridad de los usuarios vulnerables como peatones, ciclistas y motoristas. Esta modificación incluye la definición formal de "usuario vulnerable" y establece un nuevo título dedicado a normas específicas para zonas urbanas. Entre las principales novedades se encuentran la obligatoriedad del uso de casco y chaleco reflectante para usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y bicicletas, así como medidas para mejorar la convivencia entre diferentes modos de transporte. La reforma también promueve una movilidad más segura y sostenible, alineándose con los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU.
A partir del 1 de octubre, entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación, aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. Esta reforma tiene como objetivo principal aumentar la seguridad de los usuarios vulnerables en las vías, adaptando la normativa a los cambios que ha experimentado la movilidad en las últimas dos décadas. En este tiempo, el enfoque ha pasado de centrarse en la carretera y el vehículo a priorizar a las personas y sus formas de desplazamiento.
Por primera vez, el reglamento incluye una definición formal de "usuario vulnerable de la vía", que abarca tanto el medio de transporte como las características físicas y la edad de aquellos que corren mayor riesgo de sufrir lesiones graves en un accidente. Este grupo incluye a peatones, con especial atención a menores y personas mayores o con discapacidad, así como ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
Otro aspecto clave de esta reforma es promover una movilidad segura y sostenible en entornos urbanos. Esto se refleja en la inclusión del título VI en el reglamento, destinado a regular normas específicas para zonas urbanas.
Los cambios buscan facilitar la convivencia entre diferentes modos de transporte y reconocer que todos podemos ser vulnerables en algún momento, ya sea por el medio que utilizamos o por nuestras circunstancias personales. Además, esta reforma está alineada con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, especialmente en áreas como salud, bienestar y sostenibilidad urbana.
En vías interurbanas:
En vías urbanas:
En vías con dos carriles: los vehículos deben orillarse dejando espacio central libre.
En vías con tres carriles: orillarse hacia la izquierda en el carril izquierdo; los otros dos deben orillarse hacia la derecha (dejando espacio entre el izquierdo y central).
Con el fin de informar sobre estos cambios normativos, desde la aprobación del Real Decreto, la DGT ha estado emitiendo cuñas radiales e información variada a través de redes sociales. En las próximas semanas se incrementará esta comunicación mediante menciones adicionales tanto en emisoras radiales como plataformas digitales. También se ha creado una página específica dentro del sitio web oficial DGT, donde se recogen todos estos cambios relevantes.
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 15 años | Edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal (VMP). |
| 1,5 metros | Separación lateral mínima al adelantar a ciclistas. |
| 20 km/h | Reducción de velocidad al adelantar a ciclistas respecto al límite de la vía. |
| 30 km/h | Velocidad máxima permitida para motocicletas al circular por el arcén derecho en congestión. |
Los usuarios vulnerables incluyen a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones en un siniestro de tráfico.
Se establece una edad mínima para conducir de 15 años, el uso obligatorio de casco y chaleco reflectante en condiciones de escasa visibilidad, y el alumbrado permanente a partir del 1 de octubre de 2027.
El casco será obligatorio para todos los ciclistas y se eliminan las exenciones. Además, se establecen normas específicas para el adelantamiento a ciclistas, como reducir la velocidad y mantener una separación lateral mínima.
Los motoristas deberán usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. También se establece que el casco debe ser homologado a partir del 1 de octubre de 2027.
Se prohíbe que coincidan las luces ámbar intermitentes para vehículos con la luz verde para peatones en pasos con semáforo. Además, se prioriza a los peatones en calles con plataforma única.
El uso del cinturón será obligatorio en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y enseñanza de la conducción, eliminando exenciones previas.