La reciente aprobación de la Ley de Seguros de Automóviles en España mejora significativamente la cobertura y las indemnizaciones para las víctimas de accidentes de circulación. Esta normativa, que transpone la Directiva 2021/2118, amplía el concepto de vehículos obligados a tener seguro, incluyendo ahora vehículos agrícolas e industriales, así como patinetes eléctricos. Se establece un sistema más claro para valorar indemnizaciones y se refuerzan las funciones del Consorcio de Compensación de Seguros para proteger a las víctimas en caso de insolvencia aseguradora. Además, se introducen medidas para mejorar la regulación del seguro obligatorio deportivo y se establecen requisitos de transparencia en los seguros para taxis. La ley busca equilibrar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección adecuada para los afectados por accidentes.
La tramitación parlamentaria de la nueva Ley de Seguros de Automóviles ha llegado a su fin, marcando un hito en la regulación del seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos. Esta legislación transpone la Directiva 2021/2118 y modifica aspectos fundamentales de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación, así como de la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Entre las principales novedades que introduce esta ley se encuentra una definición más precisa y amplia de los vehículos obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil. Además, se amplía el concepto de «hecho de la circulación» y se mejora el sistema para valorar las indemnizaciones por daños personales. También se refuerza la seguridad para las víctimas en caso de insolvencia por parte de las aseguradoras y se optimiza el control que ejercen las autoridades sobre la existencia del seguro.
La transposición de la Directiva implica que ahora también los vehículos agrícolas e industriales deberán contar con un seguro obligatorio, aumentando así la protección hacia las víctimas. Para facilitar esta transición, se concede un plazo de seis meses desde la publicación de la ley para que los propietarios suscriban este seguro, evitando sanciones por falta del mismo.
Además, como resultado de fallos previos del Tribunal de Justicia de la UE, el concepto ampliado de «hecho de la circulación» busca ofrecer mayor protección a quienes sufren accidentes viales, alineándose con los estándares establecidos por la directiva europea.
La ley también introduce el concepto de vehículo personal ligero, abarcando aquellos vehículos eléctricos que circulan sobre una o más ruedas y están diseñados para una única plaza. Estos pueden alcanzar velocidades entre 6 y 25 km/h dependiendo del peso. Todos estos vehículos deberán contar con un seguro obligatorio, lo que busca equilibrar el fomento del transporte urbano sostenible con la protección adecuada para las víctimas.
Para definir mejor estas modificaciones, se otorgará a la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración un plazo de seis meses tras la publicación para presentar propuestas reglamentarias sobre el seguro obligatorio para estos vehículos ligeros. Asimismo, se establecerá un registro público antes del 2 de enero de 2026.
Otro aspecto significativo es el aumento en las indemnizaciones a víctimas. Este cambio ha sido consensuado por diversas partes interesadas que participan en la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración. Se busca agilizar los procedimientos para evitar litigios innecesarios mediante alternativas extrajudiciales y facilitando atestados policiales gratuitos.
Los importes relacionados con las coberturas serán actualizados conforme al Índice de Precios al Consumo y se incrementarán ciertos supuestos indemnizatorios, incluyendo mejoras específicas para personas dedicadas a tareas domésticas dentro del núcleo familiar.
Con miras a fortalecer la seguridad para las víctimas, se amplían los casos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. Esto incluye indemnizaciones ante insolvencias por parte incluso de entidades extranjeras y situaciones donde los accidentes sean causados deliberadamente o cuando circulen vehículos sin el correspondiente seguro.
La ley también modifica aspectos clave relacionados con la supervisión y solvencia en entidades aseguradoras. Se introducen planes preventivos destinados a gestionar crisis dentro del sector asegurador y garantizar que quienes dirigen estas entidades cumplan con criterios adecuados.
Se establecen medidas adicionales orientadas a asegurar transparencia en los seguros destinados a taxis, garantizando estabilidad en este servicio público esencial mediante obligaciones informativas tanto durante la suscripción como en renovaciones contractuales.
Finalmente, esta normativa aborda deficiencias existentes en el ámbito del seguro deportivo, promoviendo una oferta más robusta para deportistas federados mediante sumas aseguradoras más elevadas que las actualmente disponibles.
| Descripción | Cifra |
|---|---|
| Plazo para suscribir el seguro obligatorio para vehículos agrícolas o industriales | 6 meses |
| Velocidad máxima para patinetes eléctricos (peso inferior a 25 kg) | 25 km/h |
| Velocidad máxima para patinetes eléctricos (peso superior a 25 kg) | 14 km/h |
| Fecha límite para establecer un registro público de vehículos personales ligeros | 2 de enero de 2026 |
La nueva ley mejora la cobertura, indemnizaciones y seguridad de las víctimas de accidentes de circulación, establece un seguro obligatorio para vehículos personales ligeros como patinetes eléctricos, y amplía el concepto de "hecho de la circulación".
La ley amplía la definición de vehículos a motor para incluir vehículos agrícolas e industriales que antes estaban exentos, así como los vehículos personales ligeros que circulan por el suelo, como los patinetes eléctricos.
El Consorcio cubrirá accidentes en caso de insolvencia por parte de entidades aseguradoras, incluso si son extranjeras, y se hará cargo de indemnizar a las víctimas en nuevos supuestos, como accidentes causados deliberadamente.
Se agilizará el procedimiento evitando la vía judicial mediante alternativas extrajudiciales, facilitando atestados policiales gratuitos y estableciendo plazos más cortos para la valoración médica y emisión de informes periciales.
Se establecen medidas de transparencia para garantizar la estabilidad del seguro destinado al servicio público de transporte en taxi, incluyendo obligaciones informativas para las aseguradoras.
Los propietarios tendrán un plazo de 6 meses desde la publicación de la ley para suscribir el seguro obligatorio correspondiente.